Primeros Auxilios LUZ, un grupo asistencial surgido en tiempos de protestas

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Primeros Auxilios LUZ es una agrupación surgida a mediados de abril de 2017 por iniciativa de un grupo de estudiantes de medicina de La Universidad del Zulia que, tras observar la carencia de este tipo de grupo asistencial en el estado, se inspiró en la labor desempeñada por Primeros Auxilios UCV, con el objetivo conformar una unidad asistencial que ofreciera atención médica de emergencia a las personas lesionadas durante manifestaciones en Maracaibo.

El primer día que prestaron sus servicios fue el 19 de abril, jornada en la que se realizó una marcha desde la Plaza de la República hasta la sede de la Defensoría del Pueblo en el casco central de la capital zuliana. Desde ese momento, se selló una unión que los ha convertido en una suerte de familia que se protege entre sí al momento de prestar sus servicios. Además, resulta imperante destacar que ejercen su labor sin distinciones políticas, religiosas, o de género, por eso atienden a manifestantes, miembros de las comunidades afectadas y a funcionarios de los cuerpos de seguridad del Estado por igual.

A medida que su participación se hizo más visible en la región, nuevos integrantes se sumaron y complementaron sus conocimientos en diversas áreas: el grupo dejó de estar integrado exclusivamente por estudiantes de medicina y se incorporaron nuevos miembros entre los que figuran paramédicos, enfermeros, bomberos, médicos especialistas, estudiantes de medicina veterinaria, además de un grupo de voluntarios que les ofrece transporte e implementos.
Actualmente, sus integrantes planean expandir el grupo a otras disciplinas como la Comunicación Social y el Derecho, con el fin de establecer un equipo multidisciplinario. Los miembros de esta agrupación destacan que el apoyo de la ciudadanía ha sido vital para el desempeño efectivo de sus funciones y, más allá de los aplausos recibidos cuando inician su labor, los donativos que han obtenido son la mejor retribución que pueden recibir por su trabajo

Guardia Nacional Bolivariana reprime a manifestantes opositores en las inmediaciones de la Defensoría del Pueblo de Maracaibo

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Protesta opositora en las inmediaciones de la Defensoría del Pueblo en Maracaibo, Venezuela, el 19 de abril de 2017. Foto cortesía de Ernesto Pérez

Desde inicios de abril, Venezuela retomó las protestas para oponerse a las sentencias emitidas por el Tribunal Supremo de Justicia que otorgan potestades legislativas al Ejecutivo, y desconocen la inmunidad parlamentaria de los diputados de la Asamblea Nacional. A raíz de estas decisiones del máximo tribunal venezolano, diversos actores internacionales se pronunciaron para criticar la inexistencia de democracia en Venezuela y las violaciones a la Constitución derivadas de estas sentencias.

Por estas razones, el 19 de abril de 2017, se convocó en todas las ciudades del país a manifestarse de forma multitudinaria. En Maracaibo, la manifestación tenía como fin la entrega de un documento en la Defensoría del Pueblo, ubicada en el casco central de la ciudad, cuyo objeto era exigir a este organismo velar por los derechos humanos de los venezolanos y solicitar la realización de elecciones. En paralelo, en la Plaza Bolívar –también ubicada en el casco central de la capital zuliana- el gobernador del Zulia, Francisco Arias Cárdenas, encabezaba un acto cívico militar para conmemorar los 207 años de la Proclamación de la Independencia de Venezuela.

Después de que los manifestantes opositores se aglutinaran en las afueras de la Defensoría del Pueblo, la Guardia Nacional Bolivariana agredió  a los ciudadanos con bombas lacrimógenas para impedir que cruzaran la barrera que los efectivos habían creado con el fin de evitar la llegada a la Defensoría del Pueblo de los manifestantes.

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Cuerpos de seguridad del Estado acompañan al gobernador Francisco Arias Cárdenas en acto cívico militar del 19 de abril de 2017 en la Plaza Bolívar de Maracaibo, Venezuela. Foto cortesía de Ernesto Pérez.

Al final de esta jornada, más de 20 personas vinculadas a las protestas de la oposición fueron detenidas. Mientras tanto, el acto cívico-militar del sector oficialista y su marcha “en respaldo a la paz” transcurrió sin represión por parte de los cuerpos de seguridad del Estado.

Por: María Inés Hernández

SEBIN tardó 20 días en acatar orden judicial de libertad para Eduardo García

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Maracaibo.- El pasado 30 de marzo de 2017, el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) acató  la decisión emitida el 10 de marzo, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia que ordenaba la liberación inmediata de Eduardo García.
El 10 de marzo de 2017, Eduardo García asistió al referido tribunal donde la justicia ordenó su libertad. Al salir del Palacio de Justicia y luego de saludar a sus familiares, quienes compartieron con él la emoción del resultado positivo de la decisión, fue llamado por funcionarios del organismo de inteligencia para que lo acompañaran a finalizar el trámite interno de excarcelación. Ese trámite interno se convirtió en veinte días de injusta privación de libertad.
Como justificación al retraso en la liberación de García, los funcionarios de la sede del SEBIN en Maracaibo afirmaron que esperaban la llegada de la orden de excarcelación que debía autorizar el director del órgano, el mayor general Gustavo González López.  Mientras García permanecía confinado en la sala de espera de la sede de este organismo en la capital zuliana, con un deterioro creciente en su estado anímico, Codhez interpuso un habeas corpus y realizó peticiones ante la Delegación del Zulia de la  Defensoría del Pueblo que llevaron a que este organismo también ejerciera presión para alcanzar la materialización de la sentencia.En esta situación, García se sumaba al grupo de más de una docena de personas que esperaban el acatamiento por parte del SEBIN de  las órdenes de libertad  judiciales cuyo desacato fue denunciado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el pasado 22 de marzo en su sesión número 161.

Eduardo García, quien era la única persona que se mantenía privada de libertad en el Zulia por las manifestaciones del año 2014, estuvo detenido dos años, diez meses y veintitrés días en la sede del SEBIN en Maracaibo, por la presunta comisión de los delitos de instigación pública, agavillamiento, intimidación pública con artefactos explosivos, daños a la propiedad y el delito de incendio intencional en grado determinador; delitos que le imputan cuando es detenido luego de participar en una cadena humana en los alrededores de la Universidad Rafael Belloso Chacín (URBE) el día 7 de mayo de 2014.

ONG y defensores de derechos humanos solicitamos renuncia al Defensor del Pueblo, Tarek William Saab

Tark

Ciudadano
Tarek William Saab

Defensoría del Pueblo

Su despacho.-

Las personas, organizaciones de derechos humanos y de sociedad civil
en general, que suscribimos esta comunicación expresamos nuestra
indignación por las declaraciones emitidas por usted el día miércoles
29 de marzo de 2017, en las cuales expresó su apoyo a la sentencia
número 155 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia,
mediante la cual se le retiraba la inmunidad parlamentaria a los
diputados y diputadas de la Asamblea Nacional, se atribuye al
Presidente de la República la facultad para revisar leyes y determinar
discrecionalmente la aplicación de delitos militares; y de
reconsiderar la pertinencia de la participación de Venezuela en
instancias internacionales.

Ese día, 29 de marzo, usted, como presidente del llamado “Consejo
Moral Republicano” (CMR), leyó un comunicado donde afirmaba que este
órgano del Poder Ciudadano “manifiesta su firme apoyo a esta
sentencia”, alegando que la misma, a su juicio, “evalúa apropiadamente
elementos que ponen en riesgo la soberanía e independencia del
país”[1]. Hoy sabemos que de los tres entes que integran el CMR, uno
de ellos está en desacuerdo con dicha sentencia. El viernes 31 de
marzo la Fiscal General de la República la calificó, junto al dictamen
156 del mismo tribunal, como la “ruptura del hilo constitucional”, en
medio de un amplio rechazo de ambas sentencias por parte de la
comunidad nacional e internacional.

El apoyo expresado por usted a la referida sentencia, no solo es
fraudulento al ser presentado como una posición institucional, pese a
no haber sido producto de un consenso entre los integrantes del
Consejo Moral Republicano, sino que constituye un menosprecio de la
institución parlamentaria, de la que usted mismo fue en algún momento
parte, en abierta violación de la Constitución y del Estado de
Derecho.

Como es del conocimiento público la institución a su cargo no cumple
plenamente con lo establecido en los “Principios de París”, que norman
la actuación de las defensorías del pueblo en todo el mundo. Debido a
la ausencia de autonomía e independencia en el funcionamiento de la
Defensoría, tanto durante la gestión de Gabriela del Mar Ramírez como
la suya, el Subcomité de Acreditaciones de la Alianza Global de
Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (GANHRI), en octubre de
2016 tomó la decisión de rebajar la calificación de la Defensoría del
Pueblo venezolana a categoría B. A finales del 2014, este organismo le
había dado un año para que, en sus propios términos, usted hablara
“alto y claro” sobre las violaciones de derechos humanos en nuestro
país y señalara con claridad las responsabilidades del Estado, que
usted no ha cumplido.

En marzo del 2017, durante la presentación de su informe anual ante el
Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, el Alto Comisionado
Zeid Ra´ad al Hussein dedicó unos minutos para hablar sobre la
preocupante situación de Venezuela, recordando la falta de
independencia de la Defensoría del Pueblo en nuestro país. No
solamente usted no tomó las medidas para corregir esta situación,
atendiendo debidamente y sin discriminación a las víctimas de
violaciones de derechos humanos en el país, sino que, como lo
demuestra su apoyo a una decisión que fue calificada por la Fiscal
General y por la mayor parte de la sociedad democrática venezolana
como “Golpe de Estado”, reincide en actuaciones cada vez más graves e
inaceptables dentro del papel que debería desempeñar un Defensor del
Pueblo en un contexto de crisis social, política y económica. Por
contraste, las organizaciones de derechos humanos tenemos como
referente el valiente papel que desempeñó el primer Defensor del
Pueblo en Perú, Jorge Santistevan de Noriega, ante la ausencia de
democracia en ese país bajo la dictadura de Alberto Fujimori.

Conforme a lo establecido en el artículo 280 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela (CRBV) usted tiene entre sus
atribuciones “la promoción, defensa y vigilancia de los derechos y
garantías establecidos en esta Constitución y en los tratados
internacionales sobre derechos humanos”. En este caso usted se aparta
de esas obligaciones inherentes a su cargo al igual que en numerosas
ocasiones omite pronunciarse ante graves casos de violaciones  a los
derechos humanos como en el caso los restos hallados en las
instalaciones de la Penitenciaría General de Venezuela (PGV),

Por lo expuesto anteriormente quienes suscribimos la presente
comunicación le solicitamos formalmente que presente su renuncia al
cargo como Defensor del Pueblo, permitiendo que una persona
independiente y respetuosa de la Constitución, el Estado de Derecho y
los principios democráticos,  asuma el cargo; una persona que, en
lugar de defender sin pudor al gobierno, se coloque al lado de las
víctimas de las graves violaciones a derechos humanos que ocurren
diariamente, cuyas manifestaciones más evidentes son el aumento de la
pobreza, el hambre, la falta de acceso a medicinas y a la atención en
salud en general, así como la pérdida de vidas producto de la
violencia, incluyendo las causadas por las Operaciones de Liberación
del Pueblo (OLP) y la impunidad .

Su renuncia y sustitución por un Defensor del Pueblo consciente del
papel que debe jugar, especialmente en momentos de crisis política y
de derechos humanos, permitiría que la Defensoría del Pueblo
venezolana pueda ser evaluada favorablemente, no sólo por los
organismos internacionales con competencia en derechos humanos, sino
por quienes más necesitan de una institución autónoma e independiente
que esté a su lado: la población en general y las víctimas de
violaciones de derechos humanos.

Atentamente

Acceso a la Justicia
AC Llamado a la Conciencia Vial

AC Nueva Esparta en Movimiento
A.C. Maria Estrella de la Mañana
AC Mulier

Acción Solidaria

Amigos Trasplantados de Venezuela AC
Asamblea de Ciudadanos de La Candelaria, Caracas
Asamblea de Educación
Asociación Civil Fuerza, Unión, Justicia, Solidaridad y Paz (FUNPAZ A.C)
Asociación Civil Mujeres en Línea
Asociación de Profesores de la Universidad Simón Bolívar
Asociación Venezolana para la Hemofilia
Aula Abierta Venezuela
Brigadas Azules
Cátedra Libre de DDHH de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado (UCLA)
Cedice Libertad
Centro de Animación Juvenil
Centro de Acción y defensa Por los Derechos Humanos
Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello
Centro para la Paz y los Derechos Humanos de la Universidad Central de Venezuela
Centro de Derechos Humanos de la Universidad Metropolitana
Cepaz
+Ciudadano, +Venezolano (Táchira)
Ciudadanía Activa

Civilis Derechos Humanos
Coalición Clima21
Coalición de Organizaciones por el Derecho a la Salud y la Vida (CODEVIDA)
Comision de Derechos Humanos de la Federación de Colegios de Abogados
de Venezuela capítulo Táchira
Comisión de Derechos Humanos de la Federación Venezolana de Colegios
de Abogados Estado Apure
Colegio de Abogados del Estado Anzoategui

Colegio de Abogados del Estado Apure

Colegio de Abogados del Estado Lara
Colegio De Abogados del Estado Barinas
Colegio de Abogados de Estado Nueva Esparta
Colegio de Abogados del Estado Sucre
Colegio de Abogados de Delta Amacuro
Colegio de Abogados del Estado Falcon
Colegio de Abogados del Estado Monagas
Colegio de Abogados del Estado Portuguesa
Colegio de Abogados del Estado Carabobo
Colegio de Abogados del Estado Guárico,
Colegio de Abogados del Distrito Capital
Colegio de Abogados del Estado Aragua

Colegio de Abogados del Estado Cojedes
Colegio de Abogados del Estado Amazonas,
Colegio de Abogados del Estado Tachira
Colegio de Abogados del Estado Zulia
Comisión DDHH Federación Venezolana de Colegios de Abogados Estado Falcón
Comisión DDHH Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de LUZ
Comision Nacional DDHH Federación de Colegios de Abogados de
Venezuela, capítulo Mérida
Comisión Nacional de DDHH de la Federación de Colegios de Abogados
Comisión para los Derechos Humanos y la Ciudadanía (CODEHCIU)
Comisión para los Derechos Humanos del Estado Zulia, CODHEZ
Convite AC
Derechos Humanos Ya
Espacio Humanitario
Espacio Público
EXCUBITUS Derechos Humanos Educación
Federación Nacional Sociedades Padres y Representantes (FENASOPADRES), Nacional
Federación Nacional Sociedades Padres y Representantes (FENASOPADRES),
capítulo Aragua

Federación Nacional Sociedades Padres y Representantes (FENASOPADRES),
capítulo Carabobo

Federación Nacional Sociedades Padres y Representantes (FENASOPADRES),
capítulo Lara

Federación Nacional Sociedades Padres y Representantes (FENASOPADRES),
capítulo Anzoátegui

Federación Nacional Sociedades Padres y Representantes (FENASOPADRES),
capítulo Zulia

Federación Nacional Sociedades Padres y Representantes (FENASOPADRES),
capítulo Miranda
Frente en Defensa del Norte de Caracas
Foro Penal Venezolano
Fundación Blanca Nieve Sierra
Fundación CIIDER
Fundación de Lucha contra el Cáncer de Mama (Funcamama)
Fundacion Pro Bono Venezuela
Humano Derecho Radio
Instituto Venezolano de Estudios Sociales y Políticos INVESP
Movimiento Vinotinto
Mujeres Venezolanas en Acción
Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ULA)
Observatorio Venezolano de Conflictividad Social (OVCS)
Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP)
Observatorio Venezolano por los DDHH de las Mujeres
Opción Venezuela A.C.
Organización Para la Prevención Nacional de la Corrupción (ORPANAC)

Organización StopVIH
Padres Organizados de Venezuela
Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos
Promoción Educación y Defensa en DDHH (PROMEDEHUM),

Laboratorio de Paz
Red Andina de DDHH
Red ARA
Redes Ayuda
Sinergia
Sociedad Hominis Iura (SOHI)
Transparencia Venezuela
Una Montaña de Gente
Una Ventana a La Libertad
Un Mundo Sin Mordaza
Unión Afirmativa de Venezuela
Unión Vecinal para la Participación Ciudadana
Venezuela Diversa A.C

Personalidades

Integrantes del Observatorio Venezolano por los DDHH de las Mujeres:
Isolda de Salvatierra (Coordinadora)

Virginia Olivo de Celli

María Cristina Parra

Magally Huggins

Ofelia Alvarez Cardier

Beatríz Rodríguez

Beatríz Gerbasi

Luz Beltrán

Lilia Arvelo

Griselda Barroso

Yenni Peña

Rosa Paredes

Yolima Arellano

Evangelina García Prince

Sonia Sgambatti

Oscar Murillo, periodista
Francisco González Cruz, Ex-Rector Emérito de la Universidad Valle de Momboy
Elenis Rodríguez Martínez, abogada

Carlos Daniel Moreno, Defensor de DD.HH

ALERTA: Se mantiene el cierre de la frontera venezolana por 72 horas más

Como medida para garantizar la paralización del escape o ingreso del billete de más alta denominación en nuestro cono monetario y atacar “a las mafias imperialistas como estrategia de contraataque a la guerra económica” el pasado 11 de diciembre, el Ejecutivo Nacional ordenó el cierre de las fronteras venezolanas por un período de 72 horas. Tras la decisión de descontinuar el billete de 100 bolívares, en el Decreto Presidencial 2.589 se estableció un plazo de 3 días para entregar los billetes ante la banca pública y privada del país, y que luego de vencido este lapso, los venezolanos debían entregar ante las sedes del Banco Central de Venezuela en Caracas y Maracaibo los billetes que no lograran depositar.

Sin embargo, luego de finalizadas las 72 horas, que culminaron ayer 15 de diciembre, a través de una cadena de radio y comunicación, el ministro Ernesto Villegas informó sobre una prórroga de 72 horas adicionales para el cierre de la frontera, la reducción del plazo a 5 días para la entrega ante el BCV de los billetes.

Con respecto a esta situación, CODHEZ advierte sobre las amenazas a la protección de los derechos humanos en Venezuela en diferentes ámbitos, debido a la escasez de dinero en efectivo, así como la falta de garantías sobre la fiabilidad de las plataformas de comunicaciones y el servicio eléctrico que respalde la masiva actividad bancaria derivada de la aplicación de esta decisión del Ejecutivo Nacional.

Derechos como el de propiedad, libre tránsito y alimentación, resultan particularmente afectados en zonas suburbanas por su deficiente bancarización, creando una situación de desconcierto e incertidumbre.

Ante este panorama que genera vulneración a los derechos humanos, CODHEZ recomienda altamente al Estado venezolano tomar en cuenta lo siguiente:

  • Revisar el Decreto Presidencial 2.589 y su modificación, creando un sistema de recolección de los billetes de Bs. 100 que asegure la protección de los derechos a la libertad económica y propiedad de todas las personas en el territorio nacional.
  • Garantizar que los controles fronterizos sobre la revisión de bienes y personas mantengan los estándares de respeto a los derechos humanos.
  • Promover la existencia de información suficiente, veraz, oportuna y oficial sobre las medidas tomadas y la protección de todos los venezolanos ante la situación que se está desarrollando.
  • Instar a la Defensoría del Pueblo y demás instituciones competentes hacerle seguimiento a las políticas dictadas, para así proteger las garantías constituciones y los derechos humanos de los ciudadanos.
  • Realizar un informe general sobre las conclusiones y metas alcanzadas sobre estas medidas adoptadas.